¿QUÉ ES EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Es un documento que verifica y otorga la conformidad cualificación de eficiencia energética. Dicho documento conduce a la expedición de la etiqueta de eficiencia energética que es el distintivo que señala al nivel de cualificación de eficiencia energética obtenida.
¿PARA QUÉ SIRVE LA CERTIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE EDIFICIOS?
La finalidad es de proporcionar una información útil al usuario final sobre el comportamiento energético del edificio o vivienda. También ofrece posibilidades de cómo mejorar la eficiencia a través de las recomendaciones presentes en el certificado de eficiencia energética.
¿CUANDO NECESITO TENER EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
¿TIENE CADUCIDAD EL CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA?
Si, tendrá una validez de 10 años, pasado ese plazo deberá renovarse. De todos modos, el certificado se podrá renovar voluntariamente si hay variaciones en aspectos que afecten a su eficiencia energética y que puedan modificar su cualificación energética y su certificado.
¿DES DE CUÁNDO SERÁ OBLIGATORIO TENER EL CERTIFICADO?
Des del 1 de junio de 2013
¿ESTE PROCESO ME OBLIGARÁ A HACER OBRAS EN MI EDIFICIO?
No, la certificación energética solo tiene carácter informativo y no obliga a hacer ninguna rehabilitación.
¿EL CERTIFICADO LO TIENE QUE HACER UNA EMPRESA DETERMINADA?
No, el certificado lo puede realizar cualquier profesional que este en posesión de la titulación necesaria y lo escoge libremente la propiedad del edificio.
¿CÓMO SE REALIZA LA CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA?
Un técnico competente tendrá que:
- Realizar una visita al inmueble para recopilar todos los datos necesarios para el cálculo de certificación energética.
- Tratamiento de los datos de campo mediante métodos i software autorizado por el ministerio de industria para el cálculo de la eficiencia energética.
- Cálculo y obtención del certificado energético
¿CUÁLES SON LAS CONSECUENCIAS DE NO CUMPLIR CON EL DEBER DE OBTENER EL CERTIFICADO ENERGÉTICO?
Inspecciones: La administración autonómica competente realizará las inspecciones, para velar por el cumplimiento y detectar si hay casos de falsificación documental o fraude.
Sanciones: El vendedor/ arrendatario podrá ser multado por la infracción a los derechos de consumidores.
Reclamaciones: El comprador/inquilino podrá reclamar al vendedor/arrendador el incumplimiento de no haber facilitado esta información al consumidor.
¿PODÉIS HACER LA VISITA AL FIN DE SEMANA?
Es muy habitual que en casos de segundas residencias o cuando los propietarios o inquilinos tengan unos horarios laborales complicados, no se pueda concertar la visita entre semana.
No se preocupe, nos adaptamos a sus necesidades y horarios para realizarle la inspección.