Cédula De Habitabilidad

La cédula de habitabilidad es un documento administrativo emitido por el Departamento de vivienda y Medio Ambiente de la Generalitat de Cataluña que acredita que una vivienda es apta para ser destinada a residencia y que cumple las condiciones técnicas de habitabilidad según la normativa vigente.

Para la obtención de la cédula de habitabilidad, un técnico (Arquitecto, Arquitecto técnico) ha de realizar una visita a la vivienda, para comprobar las condiciones de habitabilidad i emitir un certificado de habitabilidad que asegura que la vivienda cumple con todos los requerimientos.

Dicho certificado de habitabilidad se tramitará al Departamento de vivienda y Medio Ambiente de la Generalitat de Cataluña que emitirá la cédula de habitabilidad.

La cédula de habitabilidad es un documento imprescindible si quiere alquilar o vender su vivienda, darse de alta en las compañías suministradoras, etc.

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Preguntas Frecuentes

Es un documento imprescindible si quiere alquilar o vender su vivienda. Las empresas suministradoras de electricidad, gas, agua, telecomunicaciones y otros servicios solicitados la célula para realizar los trámites de cambio de nombre del titular, nuevas contrataciones, en caso de corte del suministro… La administración también puede pedir para complementar expedientes de ayudas al alquiler.

Si, es imprescindible que un técnico cualificado realice la visita de la vivienda, ya que es necesario comprobar que este se ajusta a la normativa vigente en materia de salubridad, estabilidad y habitabilidad antes de emitir el certificado.

El certificado lo tiene que pedir el propietario. En caso de arrendamiento de la vivienda este está obligado a librar el arrendatario una copia.

La célula de habitabilidad tiene una vigencia de 15 años. Una vez pasado este tiempo se tiene que hacer una renovación, haciendo una nueva inspección de la vivienda.

En el caso que se haya perdido el certificado de habitabilidad podrá solicitar un duplicado del mismo al departamento de vivienda y medio ambiente de la Generalitat de Cataluña. En el caso que le comuniquen que el certificado esta caducado, tendrá que ser renovado, repitiendo la visita del técnico y haciendo uno de nuevo.

Es muy habitual que en casos de segundas residencias o cuando los propietarios o inquilinos tienen un horario laboral complicado, no poder concertar la visita entre semana. No se preocupe, nos adaptamos a sus necesidades y horarios para realizarle la inspección.

Una vez concertado el día para la visita con el técnico podemos tenerlo preparado en las 24 horas siguientes, siempre que haya sido en horario laboral (de lunes a viernes) ya que antes de entregarle el certificado de habitabilidad lo tenemos que registrar en el Colegio de Arquitectos.

Una vez realizada la visita, elaborado el certificado favorable por el técnico y registrado por el Colegio de Arquitectos este se tramitara al departamento de viviendas, si no hay ninguna incidencia la célula se otorgara por la Generalitat en un plazo de unas tres semanas.

Todo y no ser imprescindible si dispone de planos que reflejen la superficie o documentación que justifique la antigüedad de la vivienda nos ayudara a agilizar los trámites.

La normativa es el DECRETO 141/2012. Regulación de las condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad.

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